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Declaración de renta para personas naturales

Te ayudamos a saber si estás obligado a declarar, organizamos tus documentos y preparamos tu declaración de renta para que la presentes a tiempo ante la DIAN y pagues solo lo que corresponde según la ley.

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En esta página

  • ¿Quién debe declarar renta por el año gravable 2025?
  • Documentos que debes preparar
  • Cómo trabajamos
  • Preguntas frecuentes

¿Quién debe declarar renta por el año gravable 2025?

Debes declarar si al 31 de diciembre de 2025 cumpliste al menos una de estas condiciones:

  • Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($224.095.500).
  • Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($69.718.600).
  • Consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($69.718.600).
  • Compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($69.718.600).
  • Consignaciones, depósitos o inversiones financieras superiores a 1.400 UVT ($69.718.600).
  • Haber sido responsable del IVA.

Valores calculados con la UVT de 2025 ($49.799). Fuente: DIAN, micrositio de renta para personas naturales, año gravable 2025.

Para el año gravable 2026 (declaración en 2027) los topes se calculan con la UVT de 2026, fijada por la DIAN en $52.374. Te confirmamos los valores y tu fecha de vencimiento cuando la DIAN publique el calendario.

Documentos que debes preparar

Documentos que debes preparar

Esta es una lista orientativa; según tu caso te pediremos otros soportes.

  • Certificado de ingresos y retenciones de tu empleador (formulario 220) o soportes de tus ingresos como independiente.
  • Certificados bancarios con saldos al 31 de diciembre, rendimientos y gravamen a los movimientos financieros.
  • Certificados de aportes a pensión voluntaria, cuentas AFC e intereses de crédito de vivienda.
  • Soportes de medicina prepagada, dependientes y otros beneficios que quieras aplicar.
  • Soportes de tus bienes: inmuebles, vehículos, inversiones y deudas.
  • Tu declaración del año anterior, si la presentaste.

Cómo trabajamos

  1. Diagnóstico: revisamos si estás obligado y cuál es tu fecha de vencimiento según tu NIT.
  2. Soportes: te enviamos una lista de documentos ajustada a tu caso.
  3. Información exógena: cruzamos lo que terceros reportaron a la DIAN con tus soportes para detectar diferencias.
  4. Revisión contigo: te explicamos el resultado antes de presentar.
  5. Presentación: presentamos la declaración y te orientamos sobre el pago, si aplica.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si estoy obligado a declarar renta?

Basta con que cumplas uno de los topes de patrimonio, ingresos, consumos, compras o consignaciones del año gravable, o que hayas sido responsable del IVA. En el diagnóstico revisamos tu caso con tus certificados.

¿Cuándo vence mi declaración?

Depende de los dos últimos dígitos de tu NIT. La DIAN publica el calendario cada año y los vencimientos suelen ir de agosto a octubre. Te confirmamos tu fecha exacta.

¿Qué pasa si declaro tarde?

La DIAN puede cobrar una sanción por extemporaneidad e intereses de mora sobre el impuesto a cargo. Si tu plazo ya venció, te ayudamos a presentarla lo antes posible para reducir el impacto.

¿Puedo declarar aunque no esté obligado?

Sí. La declaración voluntaria es posible y, en algunos casos, permite solicitar la devolución de retenciones en la fuente. Revisamos si te conviene.

¿Cuánto cuesta el servicio?

El valor depende de la complejidad: tipos de ingresos, bienes, deudas y beneficios que apliquen. Te enviamos la cotización antes de empezar, sin compromiso.

¿Tengo que ir a la oficina?

No es necesario. Puedes enviarnos los documentos de forma digital y resolver dudas por WhatsApp o videollamada. Si lo prefieres, también te atendemos en nuestra oficina en Bogotá.

¿Necesitas ayuda con declaración de renta para personas naturales?

Cuéntanos tu caso: te decimos qué hay que hacer y cuánto cuesta antes de empezar.

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Actualizado el 21 de oct de 2026

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Declaración de renta, contabilidad, impuestos y constitución de empresas en Bogotá.

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